Breve análisis de la jurisprudencia del TJUE en materia de reclamaciones de pasajeros de avión por denegación de embarque, cancelación y retrasos en sus vuelos en el marco del art. 38 de la Carta... 197 derechos en presencia y prima la protección de los derechos de los consumidores dentro de la necesaria proporcionalidad en su defensa.21 Por lo que hace al principio de “equilibrio de intereses equitativo” que a juicio de la demandada debería informar las medidas asistenciales reclamadas previstas en el Reglamento para los casos de cancelación, el Tribunal considera que las medidas de una y otra norma son diferentes, en un caso son reparadoras y asistenciales y en otro indemnizatorias (cita la jurisprudencia del asunto Wallentin-Hermann). En definitiva, dada la jurisprudencia del TJUE, los tribunales nacionales ante la alegación de una circunstancia extraordinaria para evitar el pago de la correspondiente compensación deberán, en primer lugar, valorar si el transportista desde un punto de vista técnico y económico podía adoptar medidas preventivas. En segundo lugar, garantizar que dichas medidas no supongan sacrificios insoportables para la empresa. Por último, asegurarse que dichas medidas fueron tomadas en relación al concreto vuelo afectado.22 Vistas las diferencias y las dificultades de aplicación conjunta en ocasiones de estas normas del derecho de la UE destinadas a la protección de los pasajeros de avión, pasaríamos a determinar los criterios de competencia judicial internacional a la hora de recurrir a los tribunales de justicia para hacer valer esos derechos. La particularidad es que el derecho material es diferente y los foros de competencia judicial internacional también. En el caso del Convenio de Montreal, están incorporados en su texto, vía art. 33, en cambio en el caso del R. 261/2004 habrá que recurrir a los foros de competencia del R. Bruselas I bis. 3. Análisis de la jurisprudencia del TJUE sobre competencia judicial internacional en materia de transporte aéreo de personas La importancia creciente de las cuestiones de competencia judicial internacional en materia de derecho privado para el TJUE ha quedado de manifiesto por las cuestiones prejudiciales sobre las que ha tenido que manifestarse.23 Eso unido al peso que la normativa de protección al consumidor tiene en dentro del Derecho derivado de la UE nos da una idea del carácter decisivo de los posicionamientos del tribunal en cualquier materia que implique a los consumidores y en concreto la determinación del tribunal competente. 21 TANG, Sofia Zeng. Air carriers’ obligation in “Extraordinary circumstances”. European Journal of Risk Regulation, v. 4, n. 2, p. 275-279, 2013. 22 FLAQUER RIUTORT, Juan. De nuevo sobre el concepto de circunstancias extraordinarias utilizado en el reglamento (CE) nº261/2004, sobre compensaciones a los pasajeros en caso de gran retraso de los vuelos. La Ley Mercantil, v. 61, 2019, p. 7. 23 BASEDOW, Jürgen. The court of justice and private law: Vacillations, general principles and the architecture of the European judiciary. European Review of Private Law, v. 18, n. 3, 2010, p. 444.
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