A Carta dos Direitos Fundamentais da União Europeia: contribuições para o MERCOSUL

Breve análisis de la jurisprudencia del TJUE en materia de reclamaciones de pasajeros de avión por denegación de embarque, cancelación y retrasos en sus vuelos en el marco del art. 38 de la Carta... 209 tratos de transporte en los que intervienen consumidores, ya que es utilizada por las compañías aéreas para eludir su responsabilidad de acuerdo al R. 261/2004.54 No hay que olvidar que la empresa de gestión solo se beneficiará de las restricciones de la Directiva 93/13 si no actúa como profesional sino subrogada en los derechos y deberes del consumidor/pasajero, de lo contrario perdería la consideración de consumidor y no se tendría en cuenta que la cláusula no fue negociada individualmente.55 En todo caso, si es una reclamación directa del pasajero, no hay duda de que a efectos de la Directiva 93/13 tendrá plena protección frente a cláusulas abusivas de elección de tribunal. Es importante destacar que la idea de que el TJUE haya manifestado siempre que el concepto de acuerdo de elección de tribunal sea un concepto autónomo del derecho de la Unión Europea, independiente de lo establecido en las legislaciones nacionales.56 No contradice esta afirmación que sea la legislación irlandesa la que determine la posibilidad de que el acuerdo sea obligatorio también para la empresa de gestión de créditos. No resultaba fácil para el TJUE encontrar fundamentación legal y jurisprudencial en este asunto (donde no hubo conclusiones del AG) y aunque, sea un camino argumentalmente discutible para algunos57, el TJUE tiene claro los intereses superiores a defender e inicia un camino para aumentar la protección de los pasajeros de avión que, por el momento, sufren de un agravio comparativo frente al resto de los consumidores. Quisiera concluir el análisis de esta decisión con lo establecido en su cdo 39: …la circunstancia de que el contrato de que se trata se haya concluido en línea no invalida, por sí misma, dicha cláusula, siempre que se cumplan los requisitos, enunciados por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, relativos, en particular, a la conservación del texto en el que se estipula tal cláusula.58 Si la equiparación entre ambos tipos de consumidores, a los efectos de establecer la competencia judicial internacional y de, eventualmente, acabar con la exclu54 RUIZ MARTÍN, Anna María. Validity of choice of court agreements, abusive terms in air carriage contracts, assignments and compensation, is there room for anyone else? (comments on CJEU judgment delayfix, C-519/19). Cuadernos de Derecho Transnacional, v. 13, n. 2, p. 882895, 2021. 55 CARBALLO FIDALGO, Marta. La directiva 93/13/CEE sobre cláusulas abusivas y su desarrollo por el tribunal de justicia de la unión europea. aportaciones a la construcción de una disciplina protectora y cuestiones abiertas. Cuadernos de Derecho Transnacional, v. 14, n. 1, p. 65-87, 2022. 56 MARSHALL, Brooke. Asymmetric jurisdiction clauses and the anomaly created by article 31 (2) of the Brussels I Recast Regulation. International & Comparative Law Quarterly, v. 71, n. 2, 2022, p. 302. 57 HEYMANN, Jeremy. Clauses attributives de compétence et cession de créance: Du désordre et de l’incohérence. Revue Critique de Droit International Privé, v. 21, n. 2, p. 421-434, 2021. 58 TJUE, op. cit., 18 nov. 2020.

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