De nuevo en torno al tema de la protección de datos en la Unión Europea 227 categorías de datos que van a ser utilizados, destinatarios, el plazo de conservación de los mismos o el origen, incluso, de estos.23 b) Derecho al olvido. Este derecho está fundamentado en la idea de que todos los ciudadanos tenemos derecho a controlar la información personal que aparece sobre nosotros en la red. Por tanto, en lo que consiste es en requerir a las entidades encargadas del tratamiento de los datos para que supriman dichos datos. Sin embargo, el derecho al olvido debe equilibrarse con otros derechos, como la libertad de expresión y el interés público, dando lugar a complejas cuestiones éticas y legales.24 c) Derecho de oposición. Este derecho se erige como un principio esencial que otorga a los sujetos la facultad de objetar el tratamiento de sus datos personales por parte de entidades, siempre y cuando existan circunstancias particulares que lo justifiquen. Según el RGPD, los titulares de datos pueden oponerse en cualquier momento al procesamiento de sus datos, a menos que la entidad responsable demuestre motivos legítimos y convincentes que prevalezcan sobre los intereses y derechos del individuo, o cuando el tratamiento esté vinculado al ejercicio o defensa de reclamaciones legales.25 2.4 Normativa complementaria No podemos olvidar que, el RGPD no es el único elemento normativo del que dispone la Unión Europea. Como ya expusimos más atrás, el ámbito de aplicación del mismo se encuentra muy limitado. Para completar toda la materia se crearon otros elementos que abarcan distintos ámbitos. a) Directiva nº 2016/680.26 Los motivos de la creación de una regulación específica para la protección de los datos personales en el ámbito penal coinciden en buena cantidad con los del RGPD. Los primeros considerandos de la Directiva son claros en cuanto a que, es menester, en una época de 23 TABLADO, F. Derecho de acceso: qué es, requisitos y cómo ejercerlo. Grupo Atico34, Madrid, 2024. Disponible en: https://protecciondatos-lopd.com/empresas/derecho-acceso-rgpd/. Acceso el: 24 feb. 2024. 24 MIGUEL PEREZ, J. C. Protección de datos y seguridad de la información. Madrid: Editorial Ra-Ma, 2015. p. 65-68. 25 Ibidem. 26 UNIÓN EUROPEA (UE). Directiva nº 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y a la libre circulación de dichos datos y por la que se deroga la Decisión Marco 2008/977/JAI del Consejo. Bruselas, 27 abr. 2016. Diario Oficial de las Comunidades Europeas, n. L 119, p. 89-131, 4 mayo 2016. Disponible en: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=ce lex%3A32016L0680. Acceso el: 26 jul. 2024.
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