Carlos Francisco Molina del Pozo 234 Dentro del MERCOSUR, se ha creado el Subgrupo de Trabajo n.º 13 con la finalidad de abordar la protección de datos. Sin embargo, como anteriormente comentábamos, aún no se ha logrado una normativa regional específica en torno a esta cuestión. Algunos temas que se han discutido incluyen la armonización, es decir, la necesidad de armonizar las regulaciones para garantizar una protección uniforme en todo el bloque o, también, ciertas cuestiones concernientes a la autoridad de Protección de Datos. En el año 2002, el tema de la Protección comenzó a tratarse en el SGT, con intercambios de información entre los Estados. En 2003, Argentina presentó su marco regulatorio, reconocido por la Unión Europea como adecuado para la transferencia de datos personales. Asimismo, fue en 2004, cuando Argentina propuso un proyecto de norma en el MERCOSUR sobre protección de datos y libre circulación de datos, que fue elevado al Grupo Mercado Común (GMC) en 2010.46 Este proyecto, se abandonó sin aprobación, y la protección de datos a nivel regional dejó de ser prioritaria. La pandemia resaltó la necesidad de un marco jurídico uniforme para el comercio electrónico, llevando a la aprobación de la Decisión nº 15/20 sobre el comercio electrónico, en la cual se menciona tanto la protección de datos como la transferencia de información. 6. Conclusiones y perspectivas futuras La tecnología está en continua evolución, de manera que, cada vez surgen más áreas, como la inteligencia artificial, en las cuales es evidente, que el marco normativo de protección de datos en la Unión Europea tiene que adaptarse, constantemente, para hacer frente y abordar nuevos desafíos. La flexibilidad y la capacidad de respuesta de la normativa, como del RGPD, serán cruciales para mantener una protección efectiva de la privacidad en un entorno digital dinámico. La colaboración y la armonización de normativas con otras regulaciones complementarias de las que dispone, así como la sintonía con otros países “colaboradores” en esta materia de protección de datos, se presentan como una perspectiva futura bastante eficaz para conseguir un nivel elevado de protección de datos global. En cuanto a las conclusiones, el RGPD ha demostrado ser un marco robusto que ha redefinido la gestión de datos personales, estableciendo estándares más elevados para la protección de la privacidad. La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha desempeñado un papel de todo punto esencial al establecer importantes precedentes, contribuyendo significativamente a la interpretación y aplicación efectiva del propio RGPD. 46 MAFFEI, B. L.; JIMENEZ, N. G. La protección de datos en el Mercosur: situación actual, perspectivas y proyecto. Latin American Journal of European Studies, v. 3, n. 2, p. 76-109, jun./ dic. 2023.
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