A Carta dos Direitos Fundamentais da União Europeia: contribuições para o MERCOSUL

Roberto Cippitani e Isabel Cornejo-Plaza 256 Los Estados miembros apoyarán la disponibilidad de los datos de investigación mediante la adopción de políticas nacionales y actuaciones pertinentes destinadas a hacer que los datos de la investigación financiada públicamente sean plenamente accesibles (“políticas de acceso abierto”) en aplicación del principio de apertura por defecto y de compatibilidad con los principios FAIR 32 33 Sin embargo, la libre circulación no debe comprometer a otros intereses y derechos, conforme dispone la protección de datos personales prevista en el GDPR, y tampoco comprometer a intereses económicos y cuestiones como las relacionadas con la seguridad (vid. lo previsto en el artículo 1.2.d de la Directiva 2019/1024).34 Incluso en el ámbito de los datos no personales, Europa y América Latina podrían colaborar tomando como referencia la experiencia europea, actualmente en una fase más avanzada de elaboración, pero de manera coherente con los intereses específicos del Continente americano, como por ejemplo la tutela de las poblaciones indígenas y de la biodiversidad. En América Latina, los países y las organizaciones regionales están interesándose del tema. Así, se están adoptando reglas para garantizar la seguridad de los datos, como es el caso de la reciente Ley marco de ciberseguridad de Chile (Ley nº 21663, publicada el 8 de abril 2024). A nivel regional, el Parlatino ha adoptado documentos que se refieren a la circulación de las informaciones más allá de los datos personales, como es el caso de la Ley Modelo de Ciencia, Tecnología e Innovación para América Latina y el Caribe, del 19 y 20 de mayo 2023, donde se destaca la importancia de compartir los datos a nivel transnacional, especialmente en el ámbito científico, o en el caso de las fuentes que tratan de temas como la seguridad 6. Nuevas fronteras en la disciplina de datos producidos por las nuevas tecnologías: el caso de la inteligencia artificial y de los neurodatos La colaboración en la reglamentación del entorno digital podría tener otros importantes beneficios. 32 UE, op. cit., 20 jun. 2019. 33 FAIR se refiere a que los datos sean Accesibles, Interoperables y Reusables, tal y como se propone en el artículo por WILKINSON Mark D. y otros. The FAIR Guiding Principles for scientific data management and stewardship. Scientific Data, v. 3, n. 160018, 2016. Esta propuesta es ampliamente aceptada en la comunidad científica y ha pasado a formar parte de los documentos y disposiciones normativas de la Unión Europea. El significado de estos principios se resume a que son: Localizables (otros pueden encontrar esos datos); Accesibles (los datos pueden ser accesibles a otros); Interoperables (los datos pueden ser integrados con otros datos y/o pueden ser fácilmente utilizados por máquinas); Reutilizables (los datos pueden ser reutilizados en nuevas investigaciones). 34 CIPPITANI, Roberto. La noción de “seguridad” en el Derecho de la Unión Europea. Criminogenesis, p. 163-181, 2023.

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