A Carta dos Direitos Fundamentais da União Europeia: contribuições para o MERCOSUL

La protección de datos en la Unión Europea: análisis de una década de ampliación del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección... 281 De igual manera, el Reglamento de protección de datos personales, vino a esclarecer algunos otros aspectos de gran importancia práctica como aquellos derechos inherentes a las personas, en este caso denominadas como “interesados”, ofreciendo una lista exhaustiva de todos ellos y siendo especialmente destacables los siguientes: • “derecho a retirar su consentimiento en cualquier momento; • derecho a saber si sus datos personales se están tratando o no; • derecho a borrar o limitar el tratamiento de cualquier dato siempre y cuando se cumplan determinadas condiciones; • derecho a recibir los datos personales que hubieran facilitado al responsable del tratamiento en un formato estructurado, de uso común y de lectura mecánica; • derecho a oponerse a la utilización de sus datos personales con fines de interés público; • o, derecho a ser compensados por cualquier daño o perjuicio material o inmaterial que sufran como consecuencia de las acciones de una institución, órgano u organismo de la Unión Europea”.23 Asimismo, el establecimiento de las obligaciones para los responsables de tratamiento queda claro en el citado reglamento al disponer, entre otras: • “la obligación de informar a los interesados, con un lenguaje sencillo; • la obligación de responder a cualquier solicitud de los interesados; • la obligación de aplicar medidas técnicas y organizativas adecuadas, incluida la seudonimización; • la obligación de utilizar únicamente procesadores de datos que cumplan con los requisitos de la Unión Europea; • o la obligación de garantizar la confidencialidad y la seguridad de sus redes de comunicación electrónica”.24 A mayores, cabe considerar que el proceso de enriquecimiento normativo posterior a la vertebración de este reglamento homogeneizador no resulta fútil, por cuanto nace en el año 2018 el Reglamento (UE) nº 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 201825, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, ór23 UE, op. cit., 2024. 24 UE, op. cit., 2024. 25 UNIÓN EUROPEA (UE). Reglamento nº 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n° 45/2001 y la Decisión n.° 1247/2002/CE. Bruselas, 23 oct. 2016. Diario Oficial de las Comunidades Europeas, n. L 295, p. 39-98, 4 mayo 2016. Disponible en: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/es/ALL/?u ri=CELEX%3A32018R1725. Acceso el:1 ago. 2024.

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