A Carta dos Direitos Fundamentais da União Europeia: contribuições para o MERCOSUL

Leopoldo M. A. Godio 362 ciudadanos6, razón por la cual resulta central que los Estados adopten estrategias articuladas de inclusión política efectiva. En el escenario descripto, la movilidad de los individuos también debe lidiar con el reto que representa el uso generalizado de nuevas tecnologías en los controles migratorios y fronterizos, con claras consecuencias en la configuración político-jurídica y el respeto de los derechos fundamentales.7 El vínculo Estado-Ciudadanía no es antojadizo, atento que es el Estado quien proporciona el vehículo jurídico por el cual los derechos fundamentales se reconocen, al tiempo que procuran su efectiva observancia.8 En la actualidad – con la crisis del Estado de bienestar – los debates y críticas se orientan a incluir a colectivos excluidos de distintos pueblos y culturas – como los trabajadores extranjeros – llegando así a cuestionarse los fundamentos sobre los cuales se sustenta la idea de la ciudadanía individual. A más, se afirma que la ciudadanía es una categoría en construcción permanente que cobra múltiples significados en lo jurídico y lo político, cuyo ejercicio se desliga actualmente de los espacios institucionales y se expande más allá de las fronteras soberanas de los Estados para aparecer, en consecuencia, en expresiones no tradicionales.9 Es en este contexto que la Unión Europea ha adoptado distintas políticas dedicadas a la protección de los derechos de los trabajadores migrantes – referidas, entre otras, a la igualdad de trato, las condiciones laborales y la seguridad social – con el objeto de evitar que estos individuos resulten discriminados y puedan, en consecuencia, acceder a los mismos derechos y condiciones de trabajo que los nacionales comunitarios. En cuanto a los problemas en América Latina, uno de los principales inconvenientes de la región es la marginación y la exclusión de amplios sectores de la población, al tiempo que se intenta consolidar un sistema democrático e igualitario entre los individuos. En esta lógica, la “cuestión social” aparece en la agenda del MERCOSUR como una cuestión prioritaria, con la intención de generar “entornos sociales estables” como condición necesaria para el éxito de la integración regional.10 En par6 SOSA-SÁNCHEZ, Itzel. Fronteras múltiples: género, interseccionalidad y ciudadanía. Iberofórum, año XII, n. 23, p. 84-101, 2017. p. 85. 7 ARCE JIMÉNEZ, Carlos. Las nuevas tecnologías en las políticas migratorias y de control de fronteras españolas y europeas. Un reto para la vigencia de los derechos fundamentales. Estudios de Deusto, v. 71, n. 2, p. 15-49, 2023. p. 17 y ss. 8 No debe entenderse a la ciudadanía como un vínculo limitado a la nacionalidad ni menos aún a lo territorial, ya que este no es el único determinante “[...] por cuanto las afinidades culturales, políticas y sociales que trascienden el Estado son tenidas en cuenta a la hora de hablar de la ciudadanía regional”. NAVARRO HOYOS, Julián A. De la ciudadanía regional andina a la ciudadanía universal en la Constitución del Ecuador de 2008. Revista Via Juris, n. 15, p. 179-191, 2013. p. 188. 9 MONTOYA RUIZ, Ana M. Mujeres y ciudadanía plena, miradas a la historia jurídica colombiana. Opinión Jurídica, v. 8, n. 16, p. 137-148, 2009. p. 139. 10 EMILIOZZI, Sergio. La construcción de la ciudadanía en el MERCOSUR. Kairos: Revista de temas sociales, n. 17, p. 2-4, 2006.

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