El derecho a la reagrupación familiar como corolario de la ciudadanía europea: aportes y enseñanzas para el MERCOSUR 399 agregó que la situación personal de la Sra. McCarthy no presentaba ningún punto de conexión con las situaciones previstas por el Derecho de la Unión, de modo que el art. 21 TFUE no resultaba aplicable. Por consiguiente, a diferencia de la situación de los hijos belgas del Sr. Ruiz Zambrano, la Sra. McCarthy no se veía obligada a abandonar el territorio de la Unión y, por consiguiente, no se veía imposibilitada de ejercer los derechos dimanantes de la ciudadanía. A partir de este caso, entonces, se puso advertir que el TJUE no pretendía eliminar la distinción entre las situaciones puramente internas y las situaciones transfronterizas, sino que el punto de inflexión reside en la privación de lo esencial de los derechos del ciudadano de la Unión por parte de su Estado-Miembro. Posteriormente, en el asunto “Dereci y otros” (sentencia del 15 de noviembre de 2011, asunto C-256-11)56, el TJUE sostuvo que el criterio relativo a la privación del contenido esencial del derecho tiene que ser considerado en el caso de situaciones caracterizadas por la circunstancia de que el ciudadano de la Unión “se vea obligado de hecho a abandonar no sólo el territorio del Estado-Miembro del que es nacional, sino también la Unión en su conjunto”.57 No es suficiente que el ciudadano comunitario considere deseable, por razones económicas o de unidad familiar, que el familiar no comunitario permanezca en el territorio de la Unión Europea. En “Ymerga” (sentencia del 8 de mayo de 2013 – asunto C-244/13)58, “Iida” (sentencia del 8 de noviembre de 2012 – asunto C-40/11)59, “Alokpa” (sentencia del 10 de octubre de 2013 – asunto C-86/12)60, “O. y S.” (sentencia del 6 de diciembre de 2012 – asuntos C-356/11 y C-357/11)61, el TJUE confirmó la tendencia marcada por los precedentes comentados. 56 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE). Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 15 de noviembre de 2011. Murat Dereci y otros contra Bundesministerium für Inneres (Asunto C-256/11). Luxemburgo: TJUE, 15 nov. 2011. Disponible en: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A62011CJ0256. Acceso el: 30 ene. 2024. 57 Ibidem. 58 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE). Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 10 de julio de 2014. Ewaen Fred Ogieriakhi contra Minister for Justice and Equality y otros (Asunto C-244/13). Luxemburgo: TJUE, 10 jul. 2014. Disponible en: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A62013CJ0244. Acceso el: 30 ene. 2024. 59 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE). Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 8 de noviembre de 2012. Yoshikazu Iida y Stadt Ulm (Asunto C-40/11). Luxemburgo: TJUE, 8 nov. 2012. Disponible en: https://curia.europa.eu/juris/docu ment/document.jsf?text=&docid=129461&pageIndex=0&doclang=ES&mode=lst&dir=&occ= first&part=1&cid=2129164. Acceso el: 30 ene. 2024. 60 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE). Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 10 de octubre de 2013. Adzo Domenyo Alokpa, Jarel Moudoulou, Eja Moudoulou y Ministre du Travail, de l’Emploi et de l’Immigration (Asunto C-86/12). Luxemburgo: TJUE, 8 nov. 2012. Disponible en: https://curia.europa.eu/juris/document/docu ment.jsf?text=&docid=142826&pageIndex=0&doclang=ES&mode=lst&dir=&occ=first&part =1&cid=2128806. Acceso el: 30 ene. 2024. 61 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE). Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 6 de diciembre de 2012. O., S. y Maahanmuuttovirasto; Maahan-
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