Luciana B. Scotti 400 En el asunto “Alfredo Rendón Marín contra Administración del Estado” (sentencia de la Gran Sala del 13 de septiembre de 2016 – asunto C-165/14)62, se trataba de un progenitor extranjero con antecedentes penales, con un hijo de nacionalidad española y una hija de nacionalidad polaca, sobre los que ejerce la guarda exclusiva. Los dos menores siempre vivieron en España. En primer lugar, el TJUE sostuvo que el Sr. Rendón, no puede considerarse beneficiario en los términos del art. 3.1 de la Directiva nº 2004/38 por el hijo que tiene nacionalidad española dado que no ha ejercido libre circulación, pero sí por la hija que tiene nacionalidad polaca aunque haya nacido en España y no haya circulado, ya que la negativa a permitir que el Sr. Rendón resida con ella en España, privaría de efecto útil el derecho de residencia de su hija, dado que su ejercicio implica necesariamente que ésta tenga derecho a ser acompañada por su padre, que es la persona que se encarga de su cuidado. En suma, tal como advierte Cippitani: “en la jurisprudencia del Tribunal comunitario la interpretación se desarrolla siempre para alcanzar una finalidad. Por lo tanto, al contrario de lo que pasa en los códigos civiles nacionales, la interpretación teleológica no es una opción posible, sino necesaria, en el proceso de atribución del sentido jurídico. La finalidad es el punto de partida del proceso interpretativo y afecta toda la comprensión de los textos jurídicos [...] El enfoque finalista de la jurisprudencia comunitaria se expresa a través de una herramienta característica del Tribunal de Luxemburgo, que se encuentra incluso en las decisiones de otros órganos jurisprudenciales transnacionales: la búsqueda del efecto útil del derecho comunitario, que se considera como un ´corolario´ de la interpretación finalista”.63 6.2. Segundo conjunto de sentencias: interpretación y alcance de los “vínculos familiares” Tomaremos algunas sentencias emblemáticas, en las que el TJUE se vio compelido a esclarecer los alcances de ciertos vínculos familiares en supuestos que podían manifestarse, a primera vista, como polémicos. 6.2.1. Alcance del término “esposo/a” del mismo género/sexo En el caso “Relu Adrian Coman, Robert Clabourn Hamilton, Asociaţia Accept v. Inspectoratul General pentru Imigrări, Ministerul Afacerilor Interne, Consiliul muuttovirasto y L (Asuntos C-356/11 y C-357/11). Luxemburgo: TJUE, 6 dic. 2012. Disponible en: https://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=131491&pageIndex= 0&doclang=ES&mode=lst&dir=&occ=first&part=1&cid=2128900. Acceso el: 30 ene. 2024. 62 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE). Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 13 de septiembre de 2016. Alfredo Rendon Marín y Administración del Estado (Asunto C-165/14). Luxemburgo: TJUE, 13 sept. 2016. Disponible en: https://cu ria.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=183270&pageIndex=0&doclang=es& mode=lst&dir=&occ=first&part=1&cid=2128620. Acceso el: 30 ene. 2024. 63 CIPPITANI, op. cit., 2014, p. 22.
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