El derecho a la reagrupación familiar como corolario de la ciudadanía europea: aportes y enseñanzas para el MERCOSUR 407 de personas, sino que en todo caso al aludir “factores de producción”, posiblemente solo incluía a los trabajadores. Tal como recuerdan Bergamaschine Mata Diz y Bertoni, los primeros desarrollos normativos sobre libre circulación de personas se centraron “principalmente en facilitar el desplazamiento de los ciudadanos de cada Estado Parte en el cruce de fronteras, en la regulación común de la documentación habilitante y en agilizar los controles fronterizos propiamente dichos”.72 Ahora bien, “el conjunto fragmentario de disposiciones mercosureñas concebidas para facilitar la circulación de las personas en su condición de factores productivos de la economía, no contempló una de las cuestiones [...] consustanciales a una auténtica libertad de circulación de persona: el derecho de residencia de los nacionales de los Estados-Miembros en el territorio de un Estado-Miembro distinto del de su nacionalidad”.73 Este vacío lo vino a colmar el Acuerdo sobre Residencia de los Nacionales de los Estados Partes en el MERCOSUR74, firmado por los presidentes de los Estados Partes en la Declaración Conjunta de Presidentes del MERCOSUR del 6 de diciembre de 2002, en vigor desde el 28 de julio de 2009. Este tratado contempla la concesión de un permiso temporal de residencia a los nacionales de cualquier Estado Parte del MERCOSUR que dirijan su solicitud a la autoridad consular o migratoria competente. El Acuerdo únicamente exige que la solicitud sea acompañada de documentación que acredite la identidad y nacionalidad de la persona, la ausencia de antecedentes policiales, judiciales o penales y, en su caso, certificación médica. Si se cumplen estos requisitos, el Estado de acogida deberá conceder un permiso de residencia temporal, de una vigencia de dos años. Dentro de los noventa días anteriores al vencimiento del permiso temporal, su titular puede solicitar la renovación del permiso que será un permiso de residencia permanente. En este caso, se añade a la documentación exigida para el permiso temporal, la acreditación de medios de vida lícitos que permitan la subsistencia del peticionante y su grupo familiar conviviente. Es importante destacar que: “pueden beneficiarse además del nacional de un Estado Parte del MERCOSUR, los miembros de su familia, con independencia de la nacionalidad de los mismos. No obstante, el Acuerdo no ofrece una definición concreta del 72 DIZ, Jamile Bergamaschine Mata; BERTONI, Liliana. La libre circulación como derecho fundamental para la ciudadanía común: aportes para el MERCOSUR. In: VIEIRA, Luciane Klein; NEGRO, Sandra C. (coord.). O Estatuto da Cidadania do MERCOSUL. São Leopoldo: Casa Leiria, 2023. p. 67-89. p. 83. Disponible en: http://www.guaritadigital.com.br/casaleiria/acervo/ direito/estatutocidadania/165/index.html. Acceso el: 30 ene. 2024. 73 PIZZOLO, op. cit., 2014. p. 75. 74 MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR). Acuerdo sobre residencia para nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile. Brasilia: MERCOSUR, 6 dic. 2002. Disponible en: https://www.mercosur.int/documento/acuerdo-residencia-nacionales-estados-par tes-mercosur-bolivia-chile/. Acceso el: 30 ene. 2024.
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