A Carta dos Direitos Fundamentais da União Europeia: contribuições para o MERCOSUL

Los derechos del consumidor y los derechos humanos: una especial referencia a la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y a la Constitución Nacional de los Estados Latinoamericanos 73 deja expreso que “la ley protegerá a los consumidores y propiciará su organización para el mejor cuidado de sus intereses.” La Constitución de Colombia, en el art. 78,29 al referirse al control de calidad de bienes y servicios, establece que son responsables quienes atenten contra el adecuado aprovisionamiento a consumidores y usuarios. Señala que el Estado garantizará la participación de las organizaciones de consumidores y usuarios. En el art. 88, la Constitución referida dispone que la ley regulará las acciones populares para la protección de los derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y salubridad públicos, la moral administrativa, el ambiente, la libre competencia económica. También las acciones de igual naturaleza que ocasionen daños a una pluralidad de personas y la responsabilidad objetiva por el daño a los intereses colectivos serán reguladas por ley. En la Constitución de Ecuador, bajo el título “De los Consumidores”, el art. 92 dispone que la ley establecerá los mecanismos de control de calidad, los procedimientos de defensa del consumidor, la reparación e indemnización por deficiencias, daños y mala calidad de bienes y servicios, y por la interrupción de los servicios públicos no ocasionados por catástrofes, caso fortuito o fuerza mayor, y las sanciones por la violación de estos derechos. También dispone que el Estado auspiciará la constitución de asociaciones de consumidores y usuarios, y adoptará medidas para el cumplimiento de sus objetivos.30 Prevé en el art. 244 que dentro del sistema de economía social de mercado al Estado le corresponderá: “proteger los derechos de los consumidores”.31 29 Constitución de Colombia, art. 78: “La ley regulará el control de calidad de bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad, así como la información que debe suministrarse al público en su comercialización. Serán responsables, de acuerdo con la ley, quienes en la producción y en la comercialización de bienes y servicios, atenten contra la salud, la seguridad y el adecuado aprovisionamiento a consumidores y usuarios. El Estado garantizará la participación de las organizaciones de consumidores y usuarios en el estudio de las disposiciones que les conciernen. Para gozar de este derecho las organizaciones deben ser representativas y observar procedimientos democráticos internos.” 30 Constitución de Ecuador, art. 92: “La ley establecerá los mecanismos de control de calidad, los procedimientos de defensa del consumidor, la reparación e indemnización por deficiencias, daños y mala calidad de bienes y servicios, y por la interrupción de los servicios públicos no ocasionados por catástrofes, caso fortuito o fuerza mayor, y las sanciones por la violación de estos derechos. Las personas que presten servicios públicos o que produzcan o comercialicen bienes de consumo, serán responsables civil y penalmente por la prestación del servicio, así como por las condiciones del producto que ofrezcan, de acuerdo con la publicidad efectivamente usada y la descripción de su etiqueta. El Estado auspiciará la constitución de asociaciones de consumidores y usuarios, y adoptará medidas para el cumplimiento de sus objetivos. El Estado y las entidades seccionales autónomas responderán civilmente por los daños y perjuicios causados a los habitantes, por su negligencia y descuido en la atención de los servicios públicos que estén a su cargo y por la carencia de servicios que hayan sido pagados.” 31 Constitución de Ecuador, art. 244: “Dentro del sistema de economía social de mercado al Estado le corresponderá: [...] 8. Proteger los derechos de los consumidores, sancionar la información fraudulenta, la publicidad engañosa, la adulteración de los productos, la alteración de pesos y medidas, y el incumplimiento de las normas de calidad.”

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