291 Yulier Campos Pérez Intelectual de forma que no implique utilizar las instituciones que este incluye hoy y que no se adaptan tal cual a esta realidad jurídica. Específicamente en Cuba la situación no es distinta, tanto para el Derecho de Autor como para el Derecho de Patentes el sistema legal está conformado sobre el paradigma de considerar creador a la persona natural Así, la Ley 154 de 16 de mayo de 2022 “De los derechos del autor y del artista intérprete”, tal como se anunció antes, concibe como autor a la persona que ha creado una obra, es decir no a un sistema o máquina. En igual sentido el citado DL 290 declara que inventor es la persona natural. Es decir, el entorno nacional opta por el sistema excluyente a la hora de otorgar protección a este tipo de creaciones. OBSERVACIONES FINALES Luego de analizadas las cuestiones declaradas previamente podemos arribar a las siguientes conclusiones: Los dos puntos básicos generales que permiten verificar los nexos entre la IA y el Derecho son: posibilidad de emplear herramientas de la IA para auxiliar las tareas de los operadores jurídicos. En este sentido, la IA puede complementar la labor de los trabajadores de este ámbito en las distintas ramas del Derecho. Por otra parte, la IA condiciona el redimensionamiento de instituciones jurídicas tradicionales. Aunque estas interacciones alcanzan la mayoría de las ramas del Derecho, son notables las implicaciones sobre la protección de los datos personales, los regímenes de responsabilidad y la protección por la Propiedad Intelectual a las creaciones resultado exclusivo de la IA. La Propiedad Intelectual ofrece protección a las creaciones fruto del ingenio humano. Esta incluye un amplio espectro de derechos de muy diversa índole pero que tienen en común el hecho de nacer, con algunas excepciones, de un acto de creación. Los ordenamientos de Propiedad Intelectual actuales están concebidos para otorgar protección al creador-persona humana y no a la máquina. En cuanto a la protección o no de las creaciones resultado exclusivamente por un sistema de IA no resulta hoy día fácil adoptar una u otra posición, es necesario analizar cada caso en concreto y revolucionar el propio sistema de Propiedad Intelectual de forma que
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