Inteligencia Artificial para un futuro sostenible: desafíos jurídicos y éticos

Sesgos de género en la Inteligencia Artificial aportes de los feminismos jurídicos 320 3. El “género como un principio organizador que modela las condiciones de sus vidas” (Martínez, 2004, p. 156) y con ello evidenciar los estereotipos e injerencia del patriarcado y el machismo en la cultura; 4. La aceptación de que el conocimiento es local, personal y particular (Martínez, 2004); 5. Las críticas a “la sobrevaloración positivista de la neutralidad y la separación entre la teoría y la práctica” (Martínez, 2004, p. 157); 6. los hallazgos estarán mediados por los valores (Guba & Lincoln, 2012) y con ello el lugar a las subjetividades e intersubjetividades; 7. El énfasis en el “potencial emancipatorio del conocimiento y de la ciencia” (Martínez, 2004, p. 158) y con ello la necesidad de colectivizar los análisis (Facio, 1992). Las teorías feministas, nos permiten explicar el lugar de las mujeres en la producción del conocimiento científico, el cual se ha promovido y “desde la Modernidad occidental como universal, ha sido androcéntrico, es introducir la perspectiva de género como categoría analítica que nos abre los ojos a unos tipos de discriminación, para los que habíamos sido ciegos”. De allí que la perspectiva de género centrado en las mujeres analiza el sistema de dominación patriarcal para desvelar las discriminaciones que se originaban en el sexo y evidenciar las practicas hegemónicas del poder masculino El interés por la aplicación de los estudios de género va más allá de lo académico ya que implica el deseo del cambio del orden social “se trata, en definitiva, del cambio de una forma de vida y de la ideología que la ha sustentado por miles de años” (Facio & Fries, 1999, p. 8). El derecho como saber y practica ha reproducido estas relaciones de dominación, en este texto se develan sus mecanismos de discriminación en todos sus componentes, esto es, en el formal-normativo, estructural y político-cultural (Facio & Fries, 1999, p. 5). Frente al Derecho como disciplina, diversas mujeres, juristas, intelectuales han propuesto teorías críticas del derecho dando lugar a la emergencia de los Feminismos Jurídicos (Costa, 2015; Galicia, 2016; Lerussi & Costa, 2018; Costa & Lerussi, 2021), corriente ubicada en la década de los 70 en Estados Unidos (Lerussi, 2018). En este

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