55 Elvigia Cardona Zuleta y Jorge Eduardo Vásquez Santamaría diferenciadas (Vásquez, 2010), femeninas, negras, indígenas, campesinas, juventudes, entre otras, que estuvieron sistemáticamente excluidas y negadas del ejercicio ciudadano en cuanto a sus derechos fundamentales; puesto que una de las caras de la relación estado-ciudadano, tiene que ver con las posibilidades, los medios y las instituciones necesarias para hacerlos valer, es decir, la existencia de mecanismos jurídicos claros y accesibles. Nos recuerda Ferrajoli, que es contrario “a la dogmática y fundamentación de los derechos, el asumir que dependen de un vínculo completamente aleatorio y arbitrario frente a un Estado” (1999, p. 12), de allí la importancia del salto de “los derechos ciudadanos a los derechos de las personas” (Ferrajoli, 1999, p. 2), que en el marco de la dignidad humana deberían ser iguales en todas las latitudes del planeta. En el siglo XXI, estos límites entre los Estados y el contenido mismo de la categoría ciudadano, se vuelven complejos cuando, se proponen opciones como la ciudadanía planetaria propuesta por Edgar Morín y Anne Brigitte Kern en 1993, quienes planteaban la complejidad del holograma en “la que no sólo cada parte del mundo forma parte del mundo cada vez más, sino que el mundo como todo está cada vez más presente en cada una de sus partes” (1993, p. 32), lo que implica avanzar hacia una conciencia planetaria, y a la emergencia de unas nuevas formas de ciudadanía que rebasan los límites políticos. Puesto que frente a un planeta que atraviesa el desorden económico y democrático global, crisis ecológica y de desarrollo (Morin & Kern, 1993) se exige la toma de conciencia ciudadana ante las múltiples confluencias que ponen en riesgo la existencia como especie y del planeta, en el cual los desarrollos tecnológicos nos permiten saber en tiempo real lo que sucede en otras latitudes y eventualmente repercute en nuestras cotidianidades. Los actuales acontecimientos, que si bien se gestaron en el siglo XX, han alcanzado un desarrollo vertiginoso y devastador de creciente crisis socioecológica (Lecaros, 2013) supera los puntos de inflexión que exigen “minimizar los daños vastos y desiguales” que son irreversibles (Lenton, et al. , 2023, p. 3). Nos lleva a evocar la idea de justicia ecológica (Badel, 2023; Montañez, González, & Corredor, 2021) que reconoce los “valores intrínsecos de la naturaleza, identifica la idea de dañomás allá del ser humano o los animales sintientes y busca, de esta manera, asegurar la persistencia y sobrevivencia de
RkJQdWJsaXNoZXIy MjEzNzYz